Eximiendo tasa municipal a la persona.
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CORRESPONDE A EXPTE. Nº 69.125 /06.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

 O R D E N A N Z A

Para el Partido de Saavedra

Artículo 1: Exímase del pago de la Tasa por “Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Publica”, por el año 2006 al contribuyente Carlos NESTOR LORENZI, Partida Nº 4576.-

Artículo 2: Se deja establecido que la eximicion  alcanza solo  y exclusivamente a la persona mencionada en el Artículo anterior. Las respectivas propiedades continúan gravadas por las sumas que por todo concepto adeuden a la Municipalidad: tasas, intereses, recargos, etc., al momento en que se concrete cualquier cambio de titularidad de dominio y / o se constituya derechos reales sobre los mismos.

Articulo 3: El contribuyente mencionado en el articulo 1º beneficiado con la eximicion deberá en el mes de Enero de cada año, reiterar la solicitud.

Artículo 4: Comuníquese  Regístrese,  y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE  AGOSTO DEL AÑO DOS MIL SEIS.-

ORDENANZA Nº 5304 /2006