CORRESPONDE A EXPTE. 6236/06
VISTO: La necesidad de contar con un contralor y una imparcialidad en la aplicación de sanciones y/o multas dispuestas en la Ley 8751/77 y código de transito Y
CONSIDERANDO:
–Que en nuestro distrito cumple las funciones de Juez de Faltas el Intendente Municipal, implicando una tarea mayor para el mismo.
-Que, el funcionamiento del Juzgado de faltas permitirá descentralizar el control de las faltas, contravenciones e infracciones .contempladas en el artículo 4bis de la ley 8751 y su modificatoria N° 11723.
-Que, existió un Proyecto similar en el año que no se ha puesto en ejercicio.
-Que, por las características y crecimiento del distrito resulta necesario la creación de este ente dentro de la estructura Municipal.
-Que, la existencia de un Juez de Faltas permitirá una mayor recaudación por la ejecución de multas y sanciones.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
Para el Partido de Saavedra
Artículo 1°: Crease en jurisdicción del Partido de Saavedra y a partir de la fecha de promulgación de la presente Ordenanza, el Juzgado Municipal de Faltas que funcionara de acuerdo al régimen y procedimiento establecidos en la Ley 8751 y sus modificatorias.-
Articulo 2º El Departamento Ejecutivo determinará la organización y fecha de puesta en funcionamiento de dicho Juzgado previendo los recursos correspondiente en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el año 2007.
Artículo 3°: El Departamento Ejecutivo procederá a la reglamentación de la presente Ordenanza de acuerdo a las necesidades del Municipio.
Artículo 4°: El Juez de Faltas será designado de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ley 8751/77 y modificatorias Ley 11723 En acuerdo con el Concejo Deliberante.
Artículo 5°: ° Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL ANO DOS MIL SEIS.
ORDENANZA Nº 5340/2006