CORRESPONDE A EXPTE Nº 6.513/07.-
Visto:
Los problemas que ocasiona la implementación de la ORDENANZA Nº 5.341/2006 en el ámbito del Distrito de Saavedra y,
Considerando:
Que la regulación en la instalación de los establecimientos comerciales ocasiona severos inconvenientes desde su reglamentación hasta su puesta en funcionamiento y causa problemas de todo tipo e inclusive hasta podría causar problemas legales, desde el punto de vista constitucional.
Que existen leyes nacionales y provinciales que amparan y regulan dicha actividad en todo el territorio nacional.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
ARTICULO 1º: DEROGAR LA ORDENANZA Nº 5.341/2006
ARTICULO 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.-
ORDENANZA Nº 5461 /2007