CORRESPONDE A EXPTE. Nº 74.222/10
VISTO:
La proximidad de la celebración de la Emancipación Argentina y el Bicentenario de la Patria.
Que, como parte de las diversas actividades programadas desde la Comisión Distrital del Bicentenario, creada por ordenanza Nº 5737/2009, se encuentra la construcción de una replica de la Pirámide de Mayo,y:
CONSIDERANDO:
Que la Comisión de Preservación del Patrimonio Urbano y Arquitectónico de este Distrito, sugiere emplazar este monumento en el parque de la Salud, ubicado sobre la calle Casella y Rastreador Fournier, sobre el ingreso a a la ciudad de Pigüé.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a construir un monumento en el “Parque Centenario”, ubicado en la intersección de las calles Avenida Rastreador Fournier y José P. Casella ingreso a la ciudad de Pigüé. Dicha alegoría será una replica de la Pirámide Primogenia de Mayo, en conmemoración del Bicentenario de la Patria.-
Artículo 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a utilizar recursos existentes en la cuenta de resultados acumulados, para la construcción del monumento citado en el Articulo 1º y a realizar las creaciones y modificaciones que resulten necesarios en el Calculo de Recursos y Presupuesto de Gastos vigente.-
Artículo 3º: Comuníquese Regístrese, y Cumplida, Archívese
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
ORDENANZA Nº 5775/2010