CORRESPONDE A EXPTE. Nº 74.521/10.-
VISTO:
La nota presentada en Mesa de Entrada de este municipio por parte de los integrantes del “CENTRO DE DIA AMANECER”, de la ciudad de Pigüé, solicitando la eximicion a una tasa por Derechos de construcción, y:
CONSIDERANDO:
Que, la mencionada institución esta declarada como entidad de bien publico del distrito y es la única en las funciones y servicios que presta a la comunidad.-
Que, los planos presentados para su aprobación corresponden a las instalaciones propias con que va a contar la institución a partir de la finalización de las mismas.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Exímase del pago de los Derechos de Construcción al CENTRO DE DIA AMANECER DE PIGUE, cuya obra se sitúa en calle Sadi Carnot Nº 950 de la ciudad de Pigüé.-
Artículo 2º: Comuníquese Regístrese, y Cumplida, Archívese
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
ORDENANZA Nº 5811 /2010