CORRESPONDE A EXPTE. Nº 74.543/10.-
VISTO:
La nota presentada por el Secretario de Obras y Servicios Públicos, solicitando el registro de Oposición a la obra “Construcción Red Cloacal” en la calle Juana de Arco, entre Urquiza y Sarmiento, de la ciudad de Pigüé, y:
CONSIDERANDO:
Que, en el registro de oposición abierto en mesa de entrada de la Municipalidad, no se presento ningún vecino en oposición a dicha obra.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Declárese de utilidad pública y de pago obligatorio por los vecinos frentistas, la obra “Construcción Red Cloacal” en los inmuebles baldíos o edificados ubicados en la calle Juana de Arco, entre Urquiza y Sarmiento, de la ciudad de Pigüé.-
Artículo 2º: Comuníquese Regístrese, y Cumplida, Archívese
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
ORDENANZA Nº 5812/2010