CORRESPONDE AL EXPTE. Nº 59.361/98.-
VISTO:
La nota presentada por el Asesor Legal del Municipio, sobre la aceptación de una donación ofrecida por un contribuyente del distrito, y:
CONSIDERANDO:
Que, el mismo se encuentra fallecido y no hallándose sus herederos directos.
Que, la propiedad ofrecida en donación aun continua con una situación irregular en cuanto a sus contribuciones para con este municipio.
Que, el municipio debe regularizar las situaciones legales con sus contribuyentes.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Derogase la Ordenanza Nº 4328/99, de fecha 17 de Marzo de 1999, (Donación ofrecida por la Señora Vicenta Domina de Anguis – Partida Nº 2459 de la localidad de Saavedra)
Artículo 2º: Comuníquese Regístrese, y Cumplida, Archívese
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL ONCE.-
ORDENANZA Nº 5889 /2011.-