Transferencia de Partidas para Programa Autoconstruccion.
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CORRESPONDE AL EXPTE. Nº 76.508/11.-

VISTO:

             La nota presentada por la Secretaria de Desarrollo Social, del Municipio, solicitando fondos para el Programa de Apoyo a Emprendimientos de Autoconstrucción.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º – Autorízase al Departamento Ejecutivo a transferir la suma de $ 150,000,00 del Fondo Municipal de la Vivienda al fondo constituido por el Banco de Materiales.

Artículo 2ºDedúzcase dentro del PRESUPUESTO DE GASTOS vigente la siguiente partida:

18.00.00 – Mejoramiento Habitacional
18.02.00 – Fondo Municipal de la Vivienda
4.0.0.0 – Bienes de uso
4.1.0.0 – Bienes preexistentes $150.000,00


Artículo 3º
Amplíese dentro del PRESUPUESTO DE GASTOS vigente, la siguiente partida:

Jurisdicción: 1110107000 – Secretaría de Desarrollo Humano
Apertura Programática:  
18.00.00 – Mejoramiento Habitacional
18.01.00 – Banco de Materiales
5.0.0.0 – Transferencias
5.2.0.0. – Transferencias al sector privado para financiar gastos de capital    $150.000,00
 

 

Artículo 4º: Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 3º, serán tomados del Capítulo establecido en el Artículo 2º.

Artículo  5º:   Comuníquese  Regístrese,  y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE.-

ORDENANZA Nº 6006 /2011.-