CORRESPONDE A EXPTE. Nº 86.121/17.-
VISTO:
La necesidad de una transición entre la aplicación de la Ordenanza Nº 5848/10 Creación del Régimen de Préstamos de Honor y la Ordenanza Nº 6525/16 Creación del Sistema de Becas Municipales y,
CONSIDERANDO:
Que es necesario facilitar la continuidad de aquellos estudiantes que careciendo de recursos suficientes, puedan cumplir con uno de los objetivos fundamentales del Estado: la igualdad de oportunidades.
Que los destinatarios que han recibido hasta Noviembre del año 2016 Préstamos de Honor, con la creación del Sistema de la Ordenanza de Becas Municipales, cambian las exigencias en cuanto al rendimiento académico,
Que es necesario que los jóvenes que se regían por la Ordenanza Nº 5848/10 no se vean impedidos de proseguir con sus estudios superiores
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Articulo 1º: Incorpórese un Artículo a la Ordenanza Nº 6525/2016 (Creación del Sistema de Becas), quedando redactado de la siguiente manera: “Facúltase al Departamento Ejecutivo, por vía de excepción durante el Período 2017, arbitre la continuidad de los destinatarios de los Préstamos de Honor que fueron beneficiador por la Ordenanza Nº 5848/2010.-
Artículo 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE
ORDENANZA Nº 6564/2017
|
|||||
MARÍA PAMELA HERNANDEZ | MARIA ANDREA CAMANDONA | ||||
SECRETARIA ADMINISTRATIVA | PRESIDENTE | ||||
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | ||||
|
|||||
MARCELA A. GUIDO | ALEJANDRA GONZALEZ | ||||
SECRETARIO LEGISLATIVO | SECRETARIA LEGISLATIVA | ||||
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | ||||
LUIS O. GRIBALDO | |||||
SECRETARIO LEGISLATIVO | |||||
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ |