Imponiendo nombre a paseo lineal en Espartillar
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CORRESPONDE A EXPTE Nº 9675/2024

 VISTO: la necesidad de mantener viva la memoria, a través de monumentos en honor a quienes dieron su vida por defender la soberanía nacional y,

CONSIDERANDO:

–  Que donde hay un monumento es innegable el homenaje a quienes engrandecieron la patria, como también lo es algo en lo que todos los argentinos estamos de acuerdo: “LAS MALVINAS FUERON, SON Y SERAN SIEMPRE ARGENTINAS”

  • Que en la localidad de Espartillar no existe hasta la fecha un lugar público donde rendir homenaje en conmemoración a todos los ex combatientes de Malvinas y especialmente a los caídos en combate, por lo que surge la idea de crear un monumento conmemorativo.

 

  • Que la generación de este espacio permitirá que los habitantes de la localidad en especial los niños puedan conmemorar lo ocurrido en el conflicto de Malvinas lo que contribuirá a generar memoria y respeto por nuestro territorio.
  • Que el mismo se emplazaría en el paseo lineal de calle 8 de noviembre, generando de ésta manera un espacio donde los habitantes de la localidad puedan disfrutar del entorno natural y reforzar interacciones sociales entre vecinos.

 

  • Que los materiales con los cuales se trabajaría son piedra y metal. Siguiendo la estética del lugar. Se complementará con forestación ornamental, cartelería indicativa y mobiliario creando espacios de descanso y recreación.           

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º: Denomínese “PASEO MALVINAS ARGENTINAS” al actual paseo lineal de calle 8 de noviembre en la localidad de Espartillar.

Artículo 2º: Establézcase el diseño para la construcción de un monumento en conmemoración a los caídos y en homenaje a ex combatientes de la Guerra de Malvinas, en el espacio determinado por el Artículo 1º. El mismo deberá:

  1. a) Utilizar como materiales principales la piedra y el metal.
  2. b) Complementarse con forestación ornamental.
  3. c) Poseer adecuada cartelería indicativa
  4. d) Integrarse con el entorno y mobiliario urbano existente.

Artículo 3º: Se adjunta en anexo I, el modelo del monumento propuesto.

Artículo 4º: Comuníquese, Regístrese, y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.

ORDENANZA Nª 7392/2024

EDUARDO DANIEL METZLER
SECRETARIO ADMINISTRATIVO
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ

 

 

MARIA PAMELA HERNANDEZ
SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ

   

GRISELDA N. CLEDOU
PRESIDENTE
H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉ

 

 

SILVANA MARÍA ERCOLI
SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ