CORRESPONDE A EXPTE. Nº 76.152/11.-
VISTO:
La nota presentada por la Asociaron Civil Pigüé Nutre, solicitando en comodato dos terrenos de propiedad del municipio para el funcionamiento de una Planta Elaboradora de Sustancias Alimenticias y:
CONSIDERANDO:
Que, en el presente expediente se encuentra el original, del Contrato firmado entre el Municipio y la Institución solicitante y es facultad de este Cuerpo convalidar el mismo.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Convalidase el Contrato de Comodato entre la Municipalidad de Saavedra – Pigüé y la ASOCIACION CIVIL PIGUE NUTRE, en la cual el Municipio cede la parte indivisa de dos (2) lotes de terreno ubicados en Pigüé, designados catastralmente como: Circunscripción II – Sección F – Chacra 114 – Fracción II – Parcelas: 1 y 2 – Partidas Nº 126/03 y 126/04, con todo lo plantado edificado y adherido al suelo, destinados a la puesta en funcionamiento de una Planta Elaboradora de Sustancias Alimenticias.-
Artículo 2º: Comuníquese Regístrese, y Cumplida, Archívese
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL ONCE.-
ORDENANZA Nº 5961/2011