CORRESPONDE A EXPTE. Nº 75.610/11.-
VISTO:
La omisión involuntaria causada en el listado original presentado desde el área de Desarrollo Social del Ejecutivo Municipal, y:
CONSIDERANDO:
Que, la presente incorporación ya estaba calculada en el presupuesto previsto para el presente ejercicio.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Renuevase, a partir del mes de Febrero y hasta Diciembre de 2011 inclusive, a YANEL CECILIA MARTIN, por un monto fijo mensual de Pesos Trescientos ($ 300,00.-) mensuales (Pigüé).-
Artículo 2º: Comuníquese Regístrese, y Cumplida, Archívese
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL ONCE.-
ORDENANZA Nº 5906/2011