CORRESPONDE A EXPTE 10007/2026
VISTO:
La Ordenanza No 6315/2014, por la cual se establece el otorgamiento de un subsidio municipal destinado al sostenimiento y funcionamiento del Cuerpo de Bomberos Voluntarios; y
CONSIDERANDO:
Que los Bomberos Voluntarios cumplen una función esencial para la comunidad, actuando en situaciones de emergencia, incendios, rescates, accidentes y catástrofes, prestando un servicio fundamental para la protección de las vidas, los bienes y el ambiente.
Que la Ordenanza No 6315/2014 establece la asignación de un subsidio municipal destinado a colaborar con el funcionamiento, mantenimiento de equipamiento, capacitación y gastos operativos del cuartel.
Que resulta necesario garantizar el cumplimiento efectivo, en tiempo y forma, de lo establecido por la normativa vigente.
Que el correcto cumplimiento de esta ordenanza permite brindar previsibilidad económica a las instituciones y potenciar el servicio público que prestan a la comunidad.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
MINUTA DE COMUNICACIÓN
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
ARTÍCULO 1º: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal el estricto cumplimiento de la Ordenanza Nº 6315/2014, garantizando el pago del subsidio destinado al Cuerpo de Bomberos Voluntarios conforme a lo establecido por la normativa vigente. –
ARTÍCULO 2º: Requiérase al Departamento Ejecutivo Municipal que informe a este Honorable Concejo Deliberante sobre el estado de cumplimiento de la citada Ordenanza y el cronograma de pagos correspondiente al año 2025. –
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, Regístrese y Cumplida, Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS.
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 09/2026
FABIO J ROJAS JULIO COUDERC
SECRETARIO PRESIDENTE
H.C.D. SAAVEDRA-PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA-PIGÜÉ

