2026 – Año Internacional de la Mujer Agricultora
CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 97784/2026
VISTO:
La necesidad de institucionalizar la Mesa Intersectorial de Salud Mental del Partido de Saavedra, en la cual participan trabajadores de diversas instituciones, abordando las necesidades y objetivos relativos a la problemática de la salud mental y el consumo problemático, la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, La Ley Orgánica de las Municipalidades, La Ley Nacional N° 26.657, la Ley Provincial N° 14.580, las Ordenanzas Municipales N° 6.392/15, N° 6409/15 y N° 7.328/23, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Provincia de Buenos Aires consagra como atribuciones inherentes al régimen municipal el ornato y la salubridad (art. 192, inc. 4°), y la potestad de dictar ordenanzas y reglamentos en esas materias (art. 192, inc. 6°);
Que la Ley Orgánica de las Municipalidades – Decreto Ley N° 6.769/58 y modificatorias, establece en su artículo 25 que las ordenanzas deben responder a conceptos de sanidad y asistencia social, y en su artículo 27 atribuye al Departamento Deliberativo la facultad de reglamentar todo lo referente a higiene, salubridad y asistencia;
Que la Ley Nacional N° 26.657 de Salud Mental, reconoce la salud mental como un proceso determinado por componentes históricos, socioeconómicos, culturales, biológicos y psicológicos, con plena sujeción al modelo de atención comunitaria y enfoque de derechos humanos, exigiendo a los Estados locales la adecuación de su normativa a sus preceptos (art. 36);
Que mediante la Ordenanza N° 6.392/15, el Distrito adhirió a la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657, asumiendo el compromiso de promover dispositivos comunitarios que permitan el ejercicio efectivo del derecho a la salud mental;
Que mediante la Ordenanza N° 6.409/15, se convalidó el Convenio Marco de Cooperación y el Protocolo Adicional I celebrados con la Subsecretaría de Salud Mental y Adicciones de la Provincia de Buenos Aires, estableciéndose Servicios Integrados de Salud Mental y Adicciones, con equipos interdisciplinarios conformados por profesionales del Municipio y el Centro Preventivo de Atención (CPA);
Que mediante la Ordenanza N° 7.328/23 se creó la “Mesa de Abordaje Integral de la Problemática del Suicidio”, bajo la órbita de la Secretaría de Salud, con el propósito de fortalecer el abordaje integral del suicidio a través de estrategias intersectoriales;
Que resulta necesario que la acción intersectorial en materia de salud mental transite hacia una relación coordinada, integrada y continua entre sectores, orientada al bienestar y a la calidad de vida de la población;
Que la formalización de la Mesa Intersectorial de Salud Mental constituye el ámbito institucional adecuado para dar cumplimiento efectivo a los compromisos asumidos en las ordenanzas citadas y para integrar en un espacio único de articulación las diversas iniciativas locales en materia de salud mental, incluyendo la Mesa creada por Ordenanza N° 7.328/23;
Que la participación de organismos externos al ámbito municipal – Poder Judicial, Fuerzas de Seguridad, organismos educativos provinciales – reviste carácter voluntario e institucional, en el marco de las competencias propias de cada organismo y sin que ello implique obligación coercitiva alguna para dichas instituciones;
Que es conveniente establecer un régimen mínimo de funcionamiento y designar autoridad de aplicación que asegure la continuidad y el seguimiento de la política pública implementada;
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
ARTÍCULO Nº 1: Créase en el ámbito del Partido de Saavedra la “Mesa Intersectorial de Salud Mental y Consumos Problemáticos”, como espacio permanente de articulación intersectorial e interinstitucional.-
ARTÍCULO N° 2: La “Mesa Intersectorial de Salud Mental y Consumos Problemáticos” contará con la participación de los siguientes organismos e instituciones, los cuales integrarán la Mesa a través de sus representantes:
- a) Áreas municipales o las que en el futuro las reemplacen:
– Secretaría de Salud, con integrantes del Área de Salud Mental y de los Centros de Atención Primaria de Salud.
– Secretaría de Desarrollo Social y Comunitario.
– Secretaría de Cultura, Educación y Deportes.
– Un representante de cada uno de los bloques que integra el Honorable Concejo Deliberante.
- b) Invitados institucionales permanentes:
– Jefatura Distrital de Educación y Dirección de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social.
– Centro Preventivo de Atención (CPA) de la Provincia de Buenos Aires.
– Organismos del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires con asiento en el Distrito.
– Fuerzas de Seguridad con asiento en el distrito.
– Organizaciones de la sociedad civil.
ARTÍCULO Nº 3: La “Mesa Intersectorial de Salud Mental y Consumos Problemáticos” se reunirá con una periodicidad mínima mensual. En su sesión constitutiva, dictará su propio reglamento interno de funcionamiento, en el que se establecerá la modalidad de confección de actas y fijación de orden del día. El día, horario y lugar de cada reunión serán determinados por la propia Mesa en su primera sesión y podrán modificarse por decisión de sus integrantes, debiendo comunicarse a la Autoridad de Aplicación con una antelación mínima de setenta y dos (72) horas.
ARTÍCULO N° 4: La “Mesa Intersectorial de Salud Mental y Consumos Problemáticos” tendrá las siguientes funciones:
- a) Propiciar y fortalecer los procesos de salud mental comunitaria y el enfoque de derechos humanos en el ámbito local.
- b) Crear y consolidar redes interinstitucionales que faciliten la referencia y contrarreferencia entre los distintos niveles de atención y los sectores comunitarios.
- c) Elaborar un diagnóstico local y un mapa de recursos anual en materia de salud mental y consumos problemáticos en el Partido de Saavedra.
- d) Promover acciones permanentes de prevención, concientización, deconstrucción de estigmas y acceso libre a la información sobre salud mental y el abordaje de los consumos problemáticos.
- e) Habilitar instancias de reflexión crítica y colectiva sobre los abordajes en salud mental y consumos problemáticos y la revisión de los itinerarios de atención y el acceso a derechos.
- f) Repensar las políticas públicas en salud mental en el contexto local, fortaleciendo el enfoque de derechos humanos y la perspectiva comunitaria, en consonancia con la Ley Nacional N° 26.657.
- g) Conocer, difundir y proponer actualizaciones a las guías de actuación y protocolos de abordaje ante situaciones de urgencia o evaluación interdisciplinaria, considerando el estándar de riesgo cierto e inminente para sí o para terceros.
- h) Alojar las demandas y emergentes territoriales comunitarios, formulando recomendaciones no vinculantes al Departamento Ejecutivo y al Honorable Concejo Deliberante para el diseño de políticas públicas locales.
ARTÍCULO N° 5: Modifíquese la estructura orgánica dispuesta por la Ordenanza N° 7.328/23, disponiéndose que la “Mesa de Abordaje Integral de la Problemática del Suicidio” se integre a la Mesa creada por la presente Ordenanza en calidad de comisión temática permanente, conservando sus objetivos específicos, protocolos de actuación e identidad técnica.
ARTÍCULO N° 6: Desígnese a la Secretaría de Salud como autoridad de aplicación de la presente ordenanza. En tal carácter le corresponderá:
- a) Efectuar las convocatorias formales y coordinar las sesiones de la Mesa.
- b) Sistematizar las actas y coordinar el seguimiento de los acuerdos alcanzados.
- c) Coordinar el trabajo intersectorial.
- d) Elevar un informe anual de gestión al Departamento Ejecutivo y al Honorable Concejo Deliberante respecto del estado de la salud mental comunitaria en el distrito.
ARTÍCULO N° 7: Comuníquese, regístrese, publíquese y, cumplido, archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS.
ORDENANZA Nº 7656/2026
| FABIO JAVIER ROJAS SECRETARIO ADMINISTRATIVO H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉMARIANO MANSILLA SECRETARIA LEGISLATIVA H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ |
JULIO COUDERC PRESIDENTE H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉSERGIO ALFREDO GONZALEZ SECRETARIO LEGISLATIVO H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ |

