CORRESPONDE A EXPTE Nº 6543/2007
VISTO:
La solicitud de una Empresa local referida al estacionamiento de vehículos pesados (camiones con acoplado), frente a las propiedades que la misma posee en la calle Martínez de Hoz de Pigüé y solamente por el período de cosecha y en horario de atención de la Planta de Acopio situada en el lugar y,
CONSIDERANDO:
La urgente necesidad dada por el comienzo de la cosecha y recepción del cereal;
POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Ampliase el plazo de vigencia mencionado en la Ordenanza Nº 5003/03. Fijándose como nuevo alcance desde el 1º de diciembre del 2007 hasta el 31 de julio del 2008 inclusive.
Artículo 2º: Ante el no cumplimiento de la Ordenanza Nº 5003/2003 se dejara automáticamente sin efecto la ampliación del plazo estipulado en el articulo anterior.
Articulo 3º: Pasada dicha fecha, nuevamente quedara sin vigencia la citada Ordenanza.
Artículo 4º: Comuníquese, cúmplase, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.
ORDENANZA Nº: 5498//2007