CORRESPONDE A EXPTE. Nº 67.300/05.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de Saavedra
ARTICULO 1: Declárase de utilidad pública y de pago obligatorio por los vecinos frentistas, la obra “Alumbrado Público” en Pigüé, en los inmuebles baldíos o edificados ubicados sobre calles Argentina y Brasil, entre Bras de Serviere y Canadá de Pigüé.-
ARTICULO 2º:Regístrese, Comuníquese Y Cumplido – Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CINCO.-
ORDENANZA Nº: 5.165/05.-