CORRESPONDE A EXPTE. Nº 48.169/90.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de Saavedra
Artículo 1: Modificase el artículo 1º de la ordenanza Nº 2583/90 el cual quedara redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º: Donase a la Asociación Cooperadora de la Escuela Técnica Nº 1 Octavio F. Ducos de Pigüé, un vehículo Rastrojero Diesel Frontal, modelo R81, año 1977, bastidor Nº R81-00736, que se encuentra en desuso e incompleto en el deposito municipal”.-
Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.-
ORDENANZA Nº: 5.138/04.-