CORRESPONDE A EXPTE. Nº 66.257/04.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de Saavedra
Artículo 1º: Declárese de utilidad pública y pago obligatorio por los vecinos frentistas, la obra “Luz a vapor de sodio” en Pigüé en los inmuebles baldíos o edificados ubicados en calle Los Horneros entre Córdoba y Arroyo Pigüé; Ruta 33 Km. 135 y frente a la parcela 13ª de la chacra 159, Fracción I, Sector Industrial Planificado de la ciudad de Pigüé.
Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.-
ORDENANZA Nº: 5.089/04.-