Se acepta la donación de terreno en Espartillar
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Corresponde a Expte. nº62065/00.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º: Acéptase la donación ofrecida por los Sres Domingo Silverio y Delfina Vazquez Erguiz del siguiente terreno ubicado en la localidad de Espartillar:

Circ.III – Sección B – Manzana 7 – Parcela 20 –  Partida 4621-01.-

Artículo 2º: Condónase las tasas y contribuciones de mejoras que registren los inmuebles citados en el artículo 1º.-

Artículo 3º: Tal lo normado en la Ley 11622, el inmueble ingresado al patrimonio comunal será destinado a fines de solidaridad social.-

Artículo 4º: Cúmplase, Regístrese y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE    CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A SIETE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL UNO.-                       

ORDENANZA Nº:4615/01.