Corresponde a Expte. Nº: 57.558/97
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de SAAVEDRA
Artículo 1º: Convalidase el Contrato de Sub Préstamo ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante, celebrado entre la Provincia de Buenos Aires, a través de la Unidad Ejecutora Provincial del Programa de Fortalecimiento Municipal, (U.E.P.) y el municipio de Saavedra-Pigüé, en el marco del contrato de préstamo Nº 3860-AR suscripto en la República Argentina y el banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (B.I.R.F.) y del Contrato de Préstamo Subsidiario firmado entre la Provincia de Buenos Aires y la nación Argentina para la ejecución de la obra ”PLANTA DE CLASIFICACION Y RECICLADO DE RESIDUOS” en un todo de acuerdo al que firmado por las partes obra agregado a fojas 1 a 3 y anexo A a fojas 4 de estas actuaciones y que pasan a integrar parte de la presente.-
Artículo 2º: -Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGUE, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.-
ORDENANZA Nº:4062/97.