CORRESPONDE A EXPTE Nº 9254/2022.-
VISTO:
La ley 14.780 sancionada por el Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires el 17 de septiembre de 2015, promulgada por Decreto 1319 de fecha 19 de octubre de 2015 y publicada en el Boletín Oficial Nº 27.685 del 21 de diciembre de 2015 y
CONSIDERANDO:
Que por la citada norma se modifican los límites de los Partidos de Tornquist y Saavedra, quedando comprendidos dentro de los límites del Municipio de Tornquist el inmueble designado catastralmente como Circunscripción IX, Parcela 938-G, Partida 092-11.876-3 y dentro de los límites del Municipio de Saavedra el inmueble designado catastralmente como Circunscripción V, Parcela 188-DB, Partida 106-9393-7.
Que en las parcelas referenciadas se encuentran ubicados los predios del Club de Pesca Tornquist (Partida 092-11.876-3) y del Club de Pesca y Turismo de Pigüé (Partida 106-9383-7).
Que, la modificación de límites jurisdiccionales resuelve y regulariza una situación histórica que se viene dando en el desarrollo de las actividades jurisdiccionales y su relación con los respectivos municipios, al encontrarse los predios de los clubes involucrados, ubicados en distritos ajenos a su naturaleza constitutiva y al lugar de residencia de sus respectivos asociados. –
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Dispuesta la modificación de los límites de los Partidos de Tornquist y Saavedra, por la Ley Provincial Nº 14.780, instrúyase, facúltese y comuníquese a las dependencias municipales correspondientes, a fin de adoptar todas las medidas necesarias que permitan el cumplimiento de lo dispuesto en la referida norma
Artículo 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese. –
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.
ORDENANZA Nº 7091/2022


