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CORRESPONDE A EXPTE Nº
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
ARTÍCULO 1º: Exímase del pago de la tasa por Limpieza y Conservación de la Vía Pública a los contribuyentes que se indican a continuación, a partir del 1º de enero de 1995, que gravan a la casa habitación que ocupan:
PIGÜÉ PARTIDA
HUBERT, Ricardo
D’ALESSIO, Rosa
ESCOBARES, María Rosa
BUSTOS, de CIACOMELLO, Julia
PLUIS, Sonia
SCHWINDT, Fernando
NAPAL, Luciano
ALAUX de CANCE, María L.
GLOCK de CONTE, Helvina
RUGGERI PARTEMI, Laura
ANTONINI, Lucía y Margarita
ARIAS, Berta
LASTAPE, Mario
TACCARI, Julieta M. de
SPEDALE, Francisca
GONZALEZ, Dolores S.
GUNTHER de JUNGBLUT, Luisa
ARROYO CORTO
SCHOLL MOLLECKER, Catalina
TEYSSEIRE de BERG, María A.
ESPARTILLAR
VAZQUEZ, Abel
KLEIN, Catalina
BAPTISTA, Julio
SAAVEDRA
CASSANO, Haydee Ester
SABLICH ALONSO, Natividad
SABORIDO, Serafín
DE ORTA, Susana
CLEARY de PEREZ, Catalina
MEDINA de PLACANICA, Ester
ARTÍCULO 2º: Se deja establecido que la eximición alcanza solo y exclusivamente a las personas mencionadas en el artículo anterior. Las respectivas propiedades continúan gravadas por las sumas que por todo concepto adeuden a la Municipalidad, tasas, intereses, recargos, etc., al momento en que se concrete cualquier cambio de titularidad de dominio y/o se constituyan derechos reales sobre los mismos.-
ARTÍCULO 3º: Los contribuyentes mencionados en el artículo 1º beneficiados con la eximición, deberán en el mes de enero de cada año, reiterar la solicitud.-
ARTÍCULO 4º: Cúmplase, regístrese y publíquese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGÜÉ, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.-
ORDENANZA Nº 3614/95.-