Corresponde a Expte. Nº 61713/00.
VISTO:
Que al vencimiento de la prórroga del plan de regularización de deudas por Ordenanza Nº 4533/00 hay contribuyentes que aún no han adherido al plan y a efectos de poder culminar con las citaciones a todas las partidas, fundamentalmente las que registran deudas que prescriben, ya que con la firma del convenio de reconocimiento de deuda se interrumpen las prescripciones, evitando el inicio de las acciones legales correspondientes
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de SAAVEDRA
Artículo 1º: Prorrogase hasta el 30 de noviembre de 2000 la vigencia de la Ordenanza Nº 4455/00.-
Artículo 2º: Facultase al Departamento Ejecutivo hasta el 31 de Mayo de 2001, a no caducar el régimen de facilidades de pago s los contribuyentes de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial que, por la difícil situación económica que atraviesan debido al estado de emergencia y/o desastre agropecuario por la pérdida de la última cosecha, no puedan abonar las cuotas actuales de la tasa, pagando únicamente el plan de pago.-
Artículo 3º: Facultase al Departamento Ejecutivo a no caducar el régimen de facilidades de pago para los contribuyentes de las tasas y/o contribución de mejoras de inmuebles urbanos, que por su situación económica debidamente justificada, no puedan abonar las cuotas actuales de las tasas y obras, pagando únicamente el plan de pago.-
Artículo 3º: Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL.-
ORDENANZA Nº:4546/00.-

