4608

Corresponde a Expte. nº62848/01.–

Visto:

Que en los saldos de las Cuentas Especiales al 31 de Enero de 2001 se ha constatado que existe disponibilidad en los mismos por un monto de $,89.-

Y atento a lo dispuesto en el artículo 130º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el artículo 93º del Reglamento de Contabilidad,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º: Apruébase la desafectación de los saldos disponibles en las Cuentas Especiales que se detallan, para su transferencia y utilización en cuentas no afectadas:

.                 $132,35.-

600-2-3-3-2-Explotación Aeródromo Saavedra              $0,01

600-2-3-3-3-Convenio .   $0,01

ón Bloquera Pigüé               $,21

Culturales  $0,01

600-2-3-3-7-Explotación laguna “Los Flamencos”                   $89,98

600-2-3-3-8-Explotación Fá de Arroyo Corto  $56,75

600-2-3-3-9-Ejecución Construcción Bloquera Municipal       $,02

600-2-3-3-10-Explot. Matedero Municipal                        $230,90

600-2-3-3-12-Programa Soc. de la Familia Bonaerense         $13,54

600-2-3-3-14-Estación Spinosi                      $,11

Artículo 2º: Cúmplase, Regístrese y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE    CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A SIETE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL UNO.-                       

ORDENANZA Nº:4608/01.-