4608
Corresponde a Expte. nº62848/01.–
Visto:
Que en los saldos de las Cuentas Especiales al 31 de Enero de 2001 se ha constatado que existe disponibilidad en los mismos por un monto de $,89.-
Y atento a lo dispuesto en el artículo 130º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el artículo 93º del Reglamento de Contabilidad,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Apruébase la desafectación de los saldos disponibles en las Cuentas Especiales que se detallan, para su transferencia y utilización en cuentas no afectadas:
. $132,35.-
600-2-3-3-2-Explotación Aeródromo Saavedra $0,01
600-2-3-3-3-Convenio . $0,01
ón Bloquera Pigüé $,21
Culturales $0,01
600-2-3-3-7-Explotación laguna “Los Flamencos” $89,98
600-2-3-3-8-Explotación Fá de Arroyo Corto $56,75
600-2-3-3-9-Ejecución Construcción Bloquera Municipal $,02
600-2-3-3-10-Explot. Matedero Municipal $230,90
600-2-3-3-12-Programa Soc. de la Familia Bonaerense $13,54
600-2-3-3-14-Estación Spinosi $,11
Artículo 2º: Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A SIETE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL UNO.-
ORDENANZA Nº:4608/01.-