Contrato con Cooperativa Eléctrica de Pigue.
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Corresponde a Expte. Nº 57.714/97.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de Saavedra

Artículo 1º: Convalídase el Contrato entre la Municipalidad de Saavedra – Pigüé y la Cooperativa de Provisión de Servicio Eléctrico y Otros Servicios Sociales de Pigüé Limitada, en la cual la Cooperativa se compromete a efectuar el servicio de reposición y mantenimiento correctivo e integral en todas las instalaciones de la vía pública en las que se preste el servicio de Alumbrado Público (Pigüé y Arroyo Corto).-

Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.-

ORDENANZA Nº: 5.011/03.-