7062

CORRESPONDE A EXPTE Nº /2021-

VISTO:

La ordenanza Nº 5596/08 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Saavedra (Pigüé) el día 22 de Octubre de 2008, relacionada con la creación en el ámbito del Partido de Saavedra de la “Comisión de Preservación del Patrimonio Urbano –Arquitectónico” y su  Decreto de promulgación Nº 1403/08; y

La ordenanza Nº 5695/09 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Saavedra (Pigüé) donde se aprueba el CÓDIGO DE PRESERVACIÓN PATRIMONIAL, en el cual se expresa la creación de un inventario de Bienes de Interés Patrimonial conformado por una serie de Fichas Patrimoniales; y

CONSIDERANDO:

La creación del Inventario de Bienes de Interés Patrimonial (ordenanza Nº 5818/10

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º: Declárese “Bien Patrimonial” el inmueble que se detalla a continuación:

  • “Casa Campion”: -ubicada en la calle: Cabanettes Nº 130 de la ciudad de Pigüé, Nomenclatura Catastral: Circ.: II, Secc.: A, Mz: 34, Parcela: 11, Partida: 1494.

Artículo 2º: Incorpórese al Inventario de Bienes de Interés Patrimonial el inmueble mencionados en el Artículo 1º

Artículo 3º: Se adjunta la Ficha Patrimonial del inmueble, la cual pasará a formar parte del Inventario Patrimonial

Artículo 4º: Comuníquese, Regístrese, y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO

ORDENANZA Nº 7062/2021

MARIA PAMELA HERNANDEZ

SECRETARIA ADMINISTRATIVA

. SAAVEDRA-PIGÜÉ

      CARLOS

PRESIDENTE

  SAAVEDRA-PIGÜÉ

         
       
 

 

 

 

 

 

 

     
MATÍAS NEBOT     NATALIA SOLEDAD SANTOS
SECRETARIO LEGISLATIVO     SECRETARIA LEGISLATIVA
. SAAVEDRA – PIGÜÉ       . SAAVEDRA – PIGÜÉ