DECLARACION DE BIEN PATRIMONIAL ESTACION DE FERROCARRIL DE PIGUE
2026 – Año Internacional de la Mujer Agricultora
CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 97566/2026
VISTO:
El La Ordenanza Nº 5596/08 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Saavedra (Pigüé) el día 22 de octubre de 2008, relacionada con la creación en el ámbito del Partido de Saavedra de la “Comisión de Preservación del Patrimonio Urbano-Arquitectónico” y su Decreto de promulgación Nº 1403/08;
La Ordenanza Nº 5695/09 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Saavedra (Pigüé) donde se aprueba el CODIGO DE PRESERVACION PATRIMONIAL, en el cual se expresa la creación de un Inventario de Bienes de Interés Patrimonial conformado por una serie de Fichas Patrimoniales
La Ordenanza Nº 5818/10 que crea el Inventario de Bienes de Interés Patrimonial; y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble afectado a la Estación de Ferrocarril de la ciudad de Pigüé reviste por sus características arquitectónicas, paisajísticas e históricas una importancia sumamente relevante para la comunidad.
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
ARTÍCULO Nº1: Declárese «Bien Patrimonial” el inmueble que se detalla a continuación:
- Inmuebles emplazados dentro de la “Estación Ferroviaria Pigüé”: ubicada en el cuadro del Ferrocarril, que queda entre las calles: J.P. Casella, Numa Ayrinhac, Av. Avellaneda y su continuación Av. Alsina, y Av. Rastreador Fournier de la localidad de Pigüé. Nomenclatura Catastral: Circ:II, Secc:C, Fr:1, Parc:1, Partida:11.987.
- Dichas edificaciones son: Edificio de Estación, Sala de Encomiendas y Equipaje, Baño Caballeros, Tanque de Agua, Galpón de Carga, Oficina de Turismo, Vivienda Ferroviaria y Garita de madera.
ARTÍCULO Nº 2: Incorpórese al Inventario de Bienes de Interés Patrimonial los inmuebles mencionados en el Artículo 1º.
ARTÍCULO Nº 3: Se adjuntan las FICHAS PATRIMONIALES de los inmuebles, las cuales pasarán a formar parte del Inventario Patrimonial.
ARTÍCULO Nº 4: Comuníquese, regístrese, publíquese y, cumplido, archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS.
ORDENANZA Nº 7607/2026
| FABIO JAVIER ROJAS SECRETARIO ADMINISTRATIVO H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉMARIANO MANSILLA SECRETARIA LEGISLATIVA H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ |
JULIO COUDERC PRESIDENTE H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉANDREA CAMANDONA SECRETARIA LEGISLATIVA H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ |