2026 – Año Internacional de la Mujer Agricultora
CORRESPONDE A EXPTE 10090/2026
VISTO:
Las Ordenanzas 6874/2020, 6922/2020, 7037/2021 y 7197/2022; y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza N° 6922/2020 fijó como objetivos fundamentales del Municipio lograr un adecuado manejo de los residuos domiciliarios, promover su valorización, minimizar los impactos ambientales negativos y reducir el volumen destinado a disposición final, estableciendo operativamente el sistema de recolección diferenciada (bolsa verde y bolsa negra) y el funcionamiento de la planta de separación,
Que el artículo 22 de la mencionada norma impone al Departamento Ejecutivo la obligación de desarrollar un “Sistema de Información Integral” que registre de manera precisa la cantidad y tipo de residuos generados, reciclados, reutilizados, vendidos y el valor de dichas transacciones,
Que la Ordenanza N° 6874/2020 declaró la obligatoriedad de dar un tratamiento diferenciado y una disposición inicial segura a las pilas y baterías de uso doméstico, encomendando al Departamento Ejecutivo su desactivación y disposición final según los lineamientos de la autoridad ambiental provincial,
Que la persistencia de basurales a cielo abierto en el Distrito fue una de las problemáticas explícitas que motivaron la sanción de estas normativas, haciendo imperioso un estricto control de aquellos residuos de manejo especial como los neumáticos fuera de uso (NFU) y los aceites vegetales usados (AVU), regulados bajo las Ordenanzas N° 7037/2021 y N° 7197/2022 respectivamente,
Que las cuatro normas citadas coinciden en encomendar al Ejecutivo el diseño técnico de campañas educativas periódicas de difusión, concientización y sensibilización ambiental para consolidar la separación en origen por parte de los vecinos,
Que conocer el destino de los fondos generados por la comercialización del material reciclado en la planta de separación hace a la transparencia activa de la gestión municipal y al control que por imperio legal compete a este Cuerpo, y funciona como un incentivo para la comunidad que es la encargada de la separación en origen y disposición de residuos especiales.
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
MINUTA DE COMUNICACIÓN
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1°: Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la Oficina de Medio Ambiente, informe a este Cuerpo respecto a la ejecución, estadísticas y fiscalización de los sistemas de recolección diferenciada y tratamiento de residuos especiales, según los siguientes parámetros:
- a) Informe si se encuentra efectivamente desarrollado e implementado el sistema de información integral exigido por la norma. En caso afirmativo, detalle la plataforma o modalidad de registro utilizada y si es de acceso público para la ciudadanía. En caso negativo, indique los motivos del retraso y el plazo previsto para su puesta en marcha.
- b) Remita las estadísticas consolidadas del último año calendario sobre: cantidad total de residuos domiciliarios generados en el Distrito, volumen de material reciclable recuperado en la planta de separación y volumen remanente derivado a disposición final.
- c) Detalle la cantidad y tipo de materiales reciclados que fueron formalmente vendidos por el Municipio. Precise el valor total neto percibido por dichas ventas y especifique el destino presupuestario o cuentas especiales a las que fueron asignados los fondos resultantes de la comercialización de los recursos recuperados.
- d) Detalle las condiciones operativas de los «Puntos Limpios» destinados a la recepción de residuos clasificados e indique cronograma de recolección en cada localidad, así como el destino que se le asigna a dichos residuos.
- e) Detalle la cantidad total en kilogramos de pilas comunes, pilas botón y baterías de celulares recolectadas en los puntos de recepción habilitados en el último año.
- f) Informe sobre la cantidad de neumáticos fuera de uso recepcionados por el municipio y enviados para su disposición final en el último año. Informe, asimismo, el destino que se le dio a los citados residuos.
- g) Informe si la oficina de Ambiente cuenta con el registro municipal de establecimientos generadores de aceite vegetal usado actualizado, detallando la cantidad de comercios e industrias gastronómicas inscritas a la fecha.
- h) Detalle los programas, talleres y campañas de comunicación que han sido efectivamente diseñados e impulsados en redes sociales o medios locales para dar a conocer las disposiciones de las ordenanzas citadas en el visto.
Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS.
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 58/2026
FABIO J ROJAS JULIO COUDERC
SECRETARIO PRESIDENTE
H.C.D. SAAVEDRA-PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA-PIGÜÉ

